Mitos sobre el Sistema Nacional de inversión pública
Publicado por Carlos Magno Ames Gonzales en 15:09El SNIP NO es una institución, sino un Sistema Administrativo del Estado que incluye la participación de distintos actores de cualquier entidad que ejecute proyectos de inversión pública. Cada actor es responsable de cumplir funciones específicas a lo largo de la preparación de un proyecto.
El MEF, a través de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público (DGPM), es el ente rector del SNIP y sólo interviene en el proceso de obtención de viabilidad cuando el proyecto va a ser financiado con recursos de endeudamiento o que requieran aval o garantía del estado.
El SNIP un Sistema que certifica la calidad de los proyectos de inversión pública, para lo cual establece una serie de principios, procesos, normas técnicas y metodologías.
Si bien un proyecto de inversión pública requiere contar con la viabilidad en el marco del SNIP previo a su ejecución, no es parte de las funciones del SNIP el asignar recursos para la ejecución de los mismos. En la misma línea, un proyecto viable no implica que ya cuente con recursos para su ejecución.
El SNIP no prioriza proyectos. Son las autoridades de cada sector o nivel de gobierno y sus instancias de gestión son quienes definen qué y cuándo se ejecuta cada proyecto declarado viable en el marco del SNIP. El SNIP promueve la generación una cartera de proyectos de calidad de acuerdo a su nivel de rentabilidad y beneficio social.
El SNIP ya se encuentra descentralizado. Desde el 1 de enero de 2007 la evaluación y aprobación de proyectos en el marco del SNIP se encuentra descentralizada. Ahora todo proyecto es evaluado y declarado viable por la Oficina de Programación e Inversiones (OPI) de cada Sector, Gobierno Regional y Gobierno Local, según sus competencias y SIN LÍMITE DE MONTO.
Sólo los proyectos de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y EPS de más de un gobierno local, que vayan a ser financiados con endeudamiento interno y cuyo monto de inversión sea de S/. 10 millones o más – serán evaluados por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Obtenido de: http://www.mef.gob.pe/DGPM/docs/mitos/mitosSNIP.pdf
